Costes de los daños derivados del trabajo directos o indirectos. (Costes Empresariales)
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Cuando se produce una baja laboral a consecuencia de un accidente o una enfermedad profesional, los costes económicos de dicha baja han de ser evaluados correctamente por lo que a la empresa le suponen y por su incidencia negativa hacia la cuenta de resultados.
En lo que a los costes empresariales se refiere, se ha de poner atención principalmente a dos costes, esto es, el de oportunidad y el financiero.
• Como costes de oportunidad, entendemos los costes salariales directos al trabajador, y que, en caso de baja, es el coste salarial para la empresa como consecuencia del tiempo perdido por el trabajador y sus compañeros a causa del accidente o enfermedad profesional causantes de la baja... este coste es importantísimo.
Podríamos incluir en el mismo también, tanto la compensación al trabajador accidentado o enfermo, durante el periodo de incapacidad temporal (IT), como la cotización por este trabajador durante el periodo de baja.
Y como costes salariales indirectos, podríamos contemplar y sumar el coste salarial perdido en el tiempo dedicado al accidente por el resto de trabajadores.
Aunque quizás, dentro de los más importantes y costosos a corto y medio plazo sería sin duda el coste ocasionado por la pérdida de negocio ocasionados y con ello, los beneficios no generados por el trabajador y/o compañeros que han perdido tiempo a causa de accidente o baja.
• Costes financieros: tendríamos aquí los costes de los daños materiales, cuantificados directamente en la valoración económica de los daños materiales ocasionados por el accidente de trabajo, desperfectos ocasionados y productos perdidos.
Incremento del coste de producción, basado en la estimación del incremento del coste para recuperar el tiempo perdido por los accidentes.
Y por último y teniendo en cuenta que los accidentes y enfermedades profesionales son investigados a menudo por la Administración a través de las ITSS o de los cuerpos de técnicos habilitados, surgirán los costes de los profesionales que asistan a la empresa aún en vía administrativa, luego las posibles sanciones administrativas en forma de sanción, de recargo de prestaciones por parte de la SS (no asegurables mediante pólizas de seguro), y si hubiera juicio, a parte de los costes procesales de honorarios profesionales a peritos, abogado, procurador, etc, las posibles condenas judiciales Civiles en materia indemnizatoria de responsabilidad civil.
Finalmente, y como costes también a tener en cuenta serán aquellos devenidos a consecuencia del traslado de accidentado, etc.
Todos estos costes económicos hacen a menudo zozobrar la balanza económica de la empresa, sobre todo cuando aparece la obligación de abonar el temido recargo de prestaciones que al no ser asegurable y ser directo a la empresa, deviene a menudo inasumible.
Con todo y con ello, no se puede dejar de valorar el coste emocional que supone a todo el equipo un accidente o una enfermedad, la profunda huella que un drama humano sufrido en el seno de la empresa y en un compañero puede suponer, con todo lo que ello puede detraer...
Tomás Rosser