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09

Ene, 2019

¿Autónomo? Entonces debes saber cuándo aplicar la Prevención de Riesgos Laborales

#PRL #Prevención #Empleado #Empresario #Seguridad #Autónomo



El objetivo de la prevención de riesgos laborales es proteger al trabajador de los riesgos derivados de su trabajo. De modo que una buena actuación en este ámbito puede evitar o al menos minimizar las causas de los accidentes y de las enfermedades profesionales. 

Lo cual debe lograrse, en primer lugar, fomentando una cultura preventiva (en los responsables de las empresas primero y después en todos los trabajadores), que deberá tener su reflejo en el Plan de Prevención desde el momento primero. 

¿Por qué se aprobó la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?
 
Uno de los peores problemas que sufre actualmente el panorama laboral de nuestro país es la siniestralidad. Un problema que guarda estrecha relación con la precariedad y la temporalidad laboral, y con la falta de cultura preventiva de esta sociedad.

Es por ello que en el año 1995 surgió la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo fin es disminuir el alcance de esa siniestralidad laboral y cuidar la salud y seguridad de los trabajadores. Abarca las siguientes especialidades: seguridad en el trabajo, ergonomía y psicosociología, higiene industrial y vigilancia de la salud.

De la prevención puede destacarse su doble vertiente, al tratarse por un lado de un derecho de los trabajadores y por otro de una obligación de todas las partes (empresas y trabajadores). Cualquier empresario que tenga uno o más trabajadores a su cargo tendrá la obligación de velar por la seguridad de los mismos, y de cumplir con la ley vigente al respecto, para lo puede resultar interesante realizar un curso sobre esta materia.

¿Tienes que aplicar la prevención de riesgos laborales o no?

La gestión de riesgos es de implantación obligatoria en las empresas, pero ¿cuándo tiene que aplicar un autónomo la prevención de riesgos laborales y las opciones con las que cuenta para ello? En primer lugar, si un empresario no tiene trabajadores a su cargo no tendrá la necesidad de contar con una organización que se encargue de la gestión de riesgos laborales.

Los autónomos que no tengan trabajadores a su cargo, pero a los que les afecte la normativa sobre coordinación de actividades empresariales, si tienen que trabajar junto a otros trabajadores de otras empresas, sea en su centro de trabajo o en otro, tendrán que aportar información acerca de los riesgos que sus actividades o equipos suponen para los empleados de las compañías con las que están colaborando.

Por su parte, los autónomos con trabajadores a su cargo tendrán las obligaciones del empresario que establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Además, tienen la obligación de implantar en su organización la prevención de riesgos laborales. 

Los empresarios suelen desconocer los incumplimientos que están realizando, y a menudo se quedan estupefactos cuando se les impone una sanción. Pero la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento. En concreto, en esta materia las infracciones se dividen en leves, graves y muy graves, y van de los 40 a los 819.780 euros, lo cual puede suponer un gran golpe a las finanzas de un emprendedor o un autónomo.



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