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Jul, 2024
Como bien sabemos, en prevención de riesgos laborales entendemos por trabajadores especialmente sensibles a tres grupos: trabajadores menores, discapacitados y trabajadoras embarazadas. En este artículo nos centraremos en los riesgos que suponen ciertos trabajos para las trabajadoras en situación de embarazo.
Cuando una trabajadora conoce que está en situación de embarazo, lo que tiene que hacer es comunicárselo a la empresa para la que presta sus servicios, porque a partir de ese momento, lo importante es la protección del feto. En algunos trabajos suponen cierto riesgo el seguir trabajando a partir de cierta semana, ya que puede constituir un riesgo bastante grave para el feto, y puede conllevar a riesgo de aborto.
Por ello, el empresario tiene la obligación de estudiar los riesgos específicos que existen en el puesto de trabajo de dicha trabajadora embarazada que tiene en plantilla y llevar a cabo las medidas oportunas para la protección de la trabajadora y del feto, para que pueda llevar un embarazo normal y sin complicaciones a causa del trabajo. El siguiente paso una vez el empresario es conocedor del embarazo, es avisar a su Servicio de Prevención, para que el técnico pueda evaluar el puesto de trabajo e identificar los riesgos específicos existentes y las acciones que la trabajadora lleva a cabo para realizar su trabajo.
Una vez identificados, cada riesgo lleva asociada una medida preventiva, recogidas en la Guía SEGO (Sociedad Española De Ginecología Y Obstetricia), que hace referencia a los riesgos laborales que pueden perjudicar a la trabajadora embarazada, y refiere recomendaciones sobre la semana en que es conveniente llevar a cabo la suspensión del contrato laboral.
Al tener los riesgos identificados, y habiendo realizado la evaluación de riesgos específica de embarazo, la mutua de accidentes laborales que tenga asociada la empresa valorará en qué semana se tiene que llevar a cabo la suspensión del contrato temporal de la trabajadora.
Actualmente, los riesgos que recoge la guía SEGO, dentro de un puesto de trabajo que pueden afectar a la trabajadora embarazada son:
Por todo ello, queda clara la importancia de la valoración y evaluación del puesto de trabajo de una trabajadora embarazada, tanto en el periodo de embarazo como de lactancia, para la protección del feto.
Esta valoración servirá para poder estudiar la suspensión temporal del contrato de la trabajadora según el riesgo al que esté expuesta. Esto no quiere decir que todas las trabajadoras tengan que darse de baja durante el embarazo a causa del trabajo, ya que hay trabajos, como, por ejemplo, un trabajo de oficina, que no impide que la trabajadora pueda realizar su trabajo hasta el último mes de embarazo sin sufrir ningún problema, al no estar expuesta a los riesgos mencionados anteriormente.
Autora: Itziar Martínez Rodríguez
Técnico en PRL
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