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04

Mar, 2020

Protocolo de actuación ante el coronavirus

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE EL CORONAVIRUS

 

¿Qué es el Coronavirus?

Según informe de la OMS, los coronavirus (CoV) pertenecen a una familia de virus que causan enfermedades que van desde el resfriado común hasta enfermedades más graves de tipo respiratorio que cursan cono tos, fiebre o sensación de falta de aire.

 

¿Cómo se transmite?

La transmisión se produce a través del contacto con animales o personas infectadas. A través de las secreciones respiratorias que se generan con la tos o el estornudo, y que puedan entrar en contacto con nariz, ojos o la boca.

 

¿Existe tratamiento?

No existe tratamiento específico hasta la fecha. Sí que existen tratamiento para el control de los síntomas, por lo que la asistencia sanitaria mejora mucho el pronóstico.

 

¿Cómo me puedo proteger?

Las medidas de higiene propuestas son las siguientes:

 

 

 

¿Qué hacemos con las personas que hayan estado recientemente en zonas afectadas?

Una persona que haya vuelto de una zona afectada por el Coronavirus puede seguir realizando una vida normal en el ámbito familiar, laboral, escolar y con amigos.

 

Únicamente, aquellas personas que presenten síntomas respiratorios (tos, fiebre o falta de aire) deberán permanecer en su residencia habitual y no acercarse a más de 1 metro de otras personas y contactar con el servicio médico a través del 112.

 

¿Puede mi empresa aplicar más medidas preventivas con respecto a personas que hayan estado recientemente en zonas afectadas?

En el caso de que la empresa quiera mejorar las medidas preventivas propuestas por el Ministerio de Sanidad, se pueden recomendar las siguientes pautas de actuación, que en cualquier caso deberán ser consensuadas y aprobadas con los representantes de los trabajadores:

 

  • Aquellas personas cuyo trabajo sea compatible con el teletrabajo, podrán adoptar esta medida cautelar durante un período de 14 días.
  • Para aquellas personas cuyo trabajo implique un contacto directo con el público o con otros compañeros, la empresa podrá recomendar a la persona trabajadora que acuda a su médico de cabecera a realizarse una valoración médica. En caso de confirmarse que no existen síntomas, podrá adoptar medidas cautelares como:

- El uso continuado, por parte de esta persona, de mascarillas y desinfección de manos periódicas, durante al menos 14 días.

- Reubicación a puestos con menor contacto físico con clientes, siempre que sea posible.

- Cuando no sean posibles las opciones anteriores, la empresa podrá optar por una licencia retribuida (siempre que no exista baja médica) durante 14 días.

 

¿Se pueden adoptar medidas preventivas?

Puede ser recomendable adquirir soluciones hidroalcohólica sdesinfectantes y repartirlas entre todos los centros de trabajo para ubicar en los puestos de atención al público, para uso general: clientes y personas trabajadoras.

 

Adelantarse a un posible empeoramiento de los casos de contagio en España, adquiriendo mascarillas quirúrgicas (tipo FFP2) para incluir dentro de los botiquines de cada centro. Informando que su uso no es necesario ni recomendable hasta que se active algún protocolo de Pandemia en España (cosa que todavía no ha sucedido).

 

 

 

 

DIAGRAMA DE DECISIÓN ANTE POSIBLES CASOS DEL CORONAVIRUS





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