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22

Sep, 2026

Plan de movilidad sostenible al trabajo: qué empresas deben tenerlo antes del 5 de diciembre de 2026

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El 5 de diciembre de 2026 es una fecha que muchas empresas y entidades públicas deben incorporar ya a su planificación. Para entonces, determinados centros de trabajo deberán disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST).

No hablamos únicamente de fomentar el transporte público, instalar aparcabicis o reducir emisiones. La nueva regulación convierte el plan en un instrumento empresarial con ámbito definido, negociación con la representación de las personas trabajadoras, medidas concretas, seguimiento periódico y una dimensión expresa de seguridad vial y prevención de accidentes.

La consecuencia práctica es importante: preparar un PMST no consiste en descargar un modelo y completarlo unas semanas antes del vencimiento. Requiere conocer cómo se mueve realmente el centro de trabajo, implicar a distintas áreas de la organización y abrir a tiempo el proceso de negociación.

 

Lo esencial sobre el nuevo Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo

La Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, entró en vigor el 5 de diciembre de 2025. Su redacción inicial concedía 24 meses para disponer de estos planes, pero el Real Decreto-ley 7/2026 redujo ese periodo a 12 meses. La obligación debe cumplirse, por tanto, antes del 5 de diciembre de 2026.

Las claves son claras:

  • El requisito se determina por centro de trabajo, no simplemente por el tamaño global de la empresa.
  • Afecta a centros con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno cuyo centro de trabajo habitual sea ese centro de actividad.
  • El PMST debe negociarse con la representación legal de las personas trabajadoras.
  • Debe combinar sostenibilidad, organización de la movilidad y seguridad vial laboral.
  • Debe prever seguimiento, comunicación administrativa y actualización de su implantación.

 

¿Qué empresas y centros de trabajo están obligados?

El artículo 26 establece la obligación para las empresas y entidades del sector público incluidas en su ámbito cuando un centro supere uno de estos dos umbrales:

más de 200 personas trabajadoras, o más de 100 personas trabajadoras por turno, siempre que dicho centro constituya su centro habitual de trabajo.

Este detalle es importante. Una organización con múltiples ubicaciones no debería limitarse a mirar la plantilla total: deberá analizar centro por centro y turno por turno.

La regulación alcanza asimismo al sector público en los términos establecidos legalmente y permite que la administración competente en materia de transporte y movilidad extienda su aplicación a otras entidades públicas en su ámbito territorial.

Además, existe una exigencia adicional para los denominados centros de trabajo de alta ocupación: aquellos con más de 1.000 personas trabajadoras situados en municipios o áreas metropolitanas de más de 500.000 habitantes deberán incorporar medidas específicas dirigidas, entre otros objetivos, a reducir la movilidad en horas punta y promover modos de bajas o cero emisiones.

 

Qué es un PMST y qué no es

La propia Ley de Movilidad Sostenible define el Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo como un conjunto de medidas impulsadas por la dirección del centro y elaboradas en el marco de la negociación colectiva para racionalizar los desplazamientos relacionados con la actividad. Esa visión incluye no solo a la plantilla, sino también a clientes, proveedores y visitantes.

Por eso, un PMST no es simplemente una encuesta sobre cómo llega la plantilla al trabajo.

Tampoco equivale únicamente a un plan medioambiental ni puede reducirse a un Plan de Seguridad Vial. La seguridad vial forma parte de su contenido, pero el alcance del PMST es mayor: analiza cómo se genera la movilidad del centro, qué alternativas existen, qué condicionantes organizativos la determinan y qué medidas pueden introducirse para hacerla más sostenible, segura y eficiente.

Una encuesta de movilidad puede ser una herramienta de diagnóstico. El plan es el resultado de un proceso mucho más amplio.

 

Qué debe contemplar el plan de movilidad sostenible al trabajo

La norma no prescribe una única solución válida para todas las organizaciones. Precisamente por eso, las medidas deben partir de la realidad de cada centro.

Entre las soluciones expresamente contempladas aparecen la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad de bajas emisiones, las fórmulas compartidas y colaborativas, las facilidades para el uso y recarga de vehículos de cero emisiones y el teletrabajo cuando resulte posible.

A ello se añade una dimensión preventiva especialmente relevante: el plan debe incorporar medidas para mejorar la seguridad vial y prevenir accidentes en los desplazamientos al centro de trabajo, además de fomentar la formación en estas materias.

La mirada tampoco termina en la puerta de la plantilla. La ley exige considerar a visitantes, proveedores y cualquier otra persona que necesite acceder al centro. Esto obliga a analizar flujos que a menudo quedan fuera de los diagnósticos de movilidad convencionales.

Finalmente, cuando exista un plan de movilidad sostenible de la entidad local o instrumentos de regulación de la movilidad aprobados por la administración competente, deberán tenerse en cuenta al elaborar el PMST.

 

La negociación no puede dejarse para el final

Este es probablemente uno de los aspectos que más puede condicionar los plazos reales del proyecto.

El PMST debe ser objeto de negociación con la representación legal de las personas trabajadoras. No se trata, por tanto, de redactar unilateralmente un documento y presentarlo una vez terminado.

Cuando no exista representación legal, la normativa establece la constitución de una comisión negociadora integrada, por una parte, por la representación de la empresa y, por otra, por una representación de las personas trabajadoras formada por los sindicatos más representativos y los sindicatos representativos del sector legitimados para participar en la negociación del convenio colectivo aplicable.

Esto cambia la lógica del proyecto: la negociación debe formar parte de la hoja de ruta desde el principio, no convertirse en el último trámite antes de aprobar el plan.

 

Un proyecto transversal: no pertenece a un solo departamento

Aunque el nombre pueda llevar a pensar en Sostenibilidad o PRL, un PMST difícilmente funcionará si se desarrolla dentro de un único departamento.

Dirección debe aportar patrocinio, capacidad de decisión y recursos.

RR. HH. conoce jornadas, turnos, teletrabajo, distribución de la plantilla y procesos de negociación.

PRL aporta el análisis de los riesgos vinculados a los desplazamientos y la integración de la seguridad vial laboral.

Operaciones y Facility Management conocen accesos, aparcamientos, flujos, proveedores, horarios y condicionantes físicos del centro.

Sostenibilidad puede integrar objetivos ambientales, movilidad de bajas emisiones e indicadores.

El valor aparece cuando todas esas perspectivas terminan formando un único plan aplicable, y no varios documentos paralelos que apenas se relacionan entre sí.

 

Hoja de ruta para llegar al 5 de diciembre de 2026

1. Comprobar qué centros están afectados

El primer paso es revisar cada centro, plantilla habitual y distribución por turnos. En organizaciones con varias sedes, hacer el cálculo únicamente sobre el total corporativo puede llevar a conclusiones equivocadas.

2. Diagnosticar la movilidad real

Conviene conocer modos de transporte, horarios, procedencias, disponibilidad de transporte colectivo, accesos, estacionamiento, desplazamientos generados por proveedores y visitantes, movilidad durante la jornada y condicionantes específicos del centro.

La encuesta puede formar parte de esta fase, pero no debería ser la única fuente de información.

3. Abrir el proceso de negociación

Si existe representación legal, debe integrarse desde una fase temprana. Si no existe, habrá que prever la constitución de la comisión negociadora correspondiente.

4. Definir medidas viables

No todas las organizaciones necesitan las mismas actuaciones. El valor del plan está en transformar el diagnóstico en decisiones concretas: transporte colectivo, movilidad compartida, flexibilidad organizativa, infraestructura ciclista, recarga eléctrica, teletrabajo, ordenación de accesos o medidas de seguridad vial, entre otras.

Cada medida debería disponer, cuando resulte posible, de responsable, calendario e indicador.

5. Aprobar e implantar el PMST

El documento debe convertirse en una herramienta de gestión. Un plan que se limita a enumerar buenas intenciones difícilmente permitirá evaluar después si la movilidad del centro ha cambiado.

6. Comunicarlo a la administración competente

Una vez adoptado, las empresas disponen de tres meses para comunicar el plan a la autoridad competente que designe la comunidad autónoma, con vistas a su incorporación al Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM).

7. Medir y revisar

El trabajo tampoco termina con la aprobación. A los dos años debe elaborarse un informe sobre el nivel de implantación de las actuaciones y medidas, que posteriormente se repetirá cada dos años durante la vigencia del plan.

 

¿Y si varias empresas comparten el mismo emplazamiento?

La movilidad de un polígono, complejo empresarial o recinto compartido raramente puede entenderse de forma aislada.

Cuando coincidan en un mismo lugar varios centros obligados por el artículo 26, la Ley prevé que se promuevan mecanismos de coordinación para intercambiar información e implantar soluciones de movilidad sostenible.

Puede ser especialmente relevante para transporte colectivo, accesos, aparcamiento, horarios punta o sistemas de movilidad compartida.

 

Cinco errores que pueden complicar el cumplimiento

Copiar un modelo genérico. Un PMST debe responder a la movilidad real de un centro concreto. Cambiar el nombre de la empresa no convierte una plantilla en un diagnóstico.

Confundir la encuesta con el plan. Saber cómo se desplaza la plantilla es el punto de partida; faltan las medidas, negociación, responsables, indicadores y seguimiento.

Analizar únicamente a la plantilla. Proveedores, visitantes y otras personas que acceden al centro también deben formar parte de la reflexión.

Separar sostenibilidad y prevención. El plan debe abordar ambas dimensiones. Reducir emisiones no sustituye las medidas de seguridad vial, y centrarse únicamente en accidentes tampoco cubre el alcance del PMST.

Negociar cuando el documento ya está cerrado. La negociación forma parte del proceso legal y debe integrarse en la planificación del proyecto.

 

Cómo puede acompañar Europreven

La preparación de un PMST exige combinar análisis de movilidad, prevención, organización empresarial, participación y seguimiento. No debería convertirse en otro documento corporativo que queda archivado después de aprobarse.

Desde Europreven ayudamos a las organizaciones a analizar su movilidad, definir medidas viables y convertir el plan en una herramienta útil para las personas y para la empresa.

El servicio Plan de movilidad permite abordar el diagnóstico de los desplazamientos y adaptar las actuaciones a la realidad de cada organización, incorporando también la perspectiva preventiva y de seguridad vial.

Si vuestro centro supera los umbrales establecidos o todavía no habéis determinado si la obligación os afecta, este es un buen momento para comprobar el punto de partida y definir una hoja de ruta hasta el 5 de diciembre de 2026.

Consultar el servicio Plan de movilidad de Europreven

Safety 1st

 

Preguntas frecuentes

¿El límite de 200 personas se calcula sobre toda la empresa?

No. El artículo 26 vincula la obligación al centro de trabajo. También existe un criterio alternativo de más de 100 personas por turno cuyo centro habitual de trabajo sea ese centro.

¿Cuándo debe estar listo el Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo?

La fecha límite derivada del plazo vigente de doce meses es el 5 de diciembre de 2026.

¿Un Plan de Seguridad Vial sirve como PMST?

No necesariamente. La seguridad vial y la prevención de accidentes son componentes obligatorios del PMST, pero este tiene un alcance más amplio e incluye diferentes alternativas de movilidad sostenible, organización de desplazamientos y colectivos distintos de la plantilla.

¿Es obligatorio negociar el plan?

Sí. Debe negociarse con la representación legal de las personas trabajadoras. Cuando no exista, la ley establece un mecanismo específico para constituir una comisión negociadora.

¿Qué ocurre después de aprobarlo?

Debe preverse su implantación y seguimiento. Las empresas deben comunicarlo a la autoridad competente designada por la comunidad autónoma en el plazo previsto legalmente y elaborar el primer informe de seguimiento a los dos años, repitiéndolo posteriormente cada dos años.



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