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27
Ago, 2025
En prevención de riesgos laborales, utilizar maquinaria que no ha sido revisada ni adaptada a los requisitos legales no es solo una mala práctica: es una infracción grave que puede derivar en sanciones económicas, accidentes laborales o incluso responsabilidad penal. La seguridad empieza en el equipo de trabajo, y el Real Decreto 1215/1997, plenamente vigente, lo deja muy claro.
Este RD establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de trabajo. Todas las empresas —sin excepción— están obligadas a garantizar que sus máquinas, herramientas y dispositivos sean seguros, adecuados y verificados. Sin embargo, aún hoy muchas organizaciones siguen operando con maquinaria obsoleta, sin protecciones, sin informes técnicos actualizados… y eso representa un riesgo real para las personas y para la empresa.
Este Real Decreto, publicado en el BOE y en vigor desde hace más de 25 años, obliga a todas las empresas españolas a verificar que los equipos de trabajo:
Incumplir estas obligaciones no solo puede acarrear multas por parte de la Inspección de Trabajo, sino también costes derivados de accidentes, responsabilidad civil, penal o conflictos con mutuas y aseguradoras.
Es habitual encontrar en empresas maquinaria anterior al año 1997 que no ha sido adaptada conforme al RD 1215/1997. También es frecuente que se desconozca el estado de legalidad de los equipos utilizados a diario: prensas sin doble pulsador, sierras sin resguardos, sistemas eléctricos deteriorados, dispositivos sin botón de emergencia…
Cada uno de estos elementos puede parecer funcional, pero en caso de incidente, la responsabilidad recae directamente sobre la empresa si no se puede demostrar documentalmente su adecuación técnica. No sirve alegar desconocimiento: la ley exige actuar de forma preventiva.
Un caso real evidencia las consecuencias de ignorar esta obligación legal. Un operario falleció al ser golpeado por una pieza expulsada por un torno que no contaba con enclavamientos eléctricos en sus resguardos, lo que permitía el funcionamiento con protecciones abiertas. A pesar de que la vía penal no derivó en condenas, se impusieron sanciones administrativas por infracción grave y la vía civil concluyó con la condena solidaria del empresario, al fabricante y las aseguradoras. La clave fue la falta de cumplimiento tanto del Real Decreto 1215/1997, por utilizar equipos sin los resguardos necesarios, como del entonces vigente Real Decreto 1435/1992, antecesor del actual RD 1644/2008, por comercializar una máquina sin los dispositivos de seguridad exigibles.
El Real Decreto 1644/2008, que regula la comercialización y puesta en servicio de maquinaria, establece que ninguna empresa puede incorporar al puesto de trabajo un equipo que no lleve el marcado CE, la declaración de conformidad y las instrucciones adecuadas (art. 3). La responsabilidad no se limita al fabricante: el empresario que adquiere una máquina también debe verificar que ésta cumple todos los requisitos esenciales de seguridad, incluyendo sistemas de protección, dispositivos de parada y enclavamientos.
Comprar o usar maquinaria que no cumple este estándar puede traducirse en consecuencias jurídicas graves si se produce un accidente, incluso cuando se trata de máquinas de segunda mano o heredadas de instalaciones antiguas. En este sentido, el RD 1644/2008 actúa como garantía de que la seguridad está presente desde el diseño y la fabricación, y no solo en el uso diario de la máquina.
Desde Europreven, acompañamos a las empresas en todo el proceso de adecuación y verificación de maquinaria. Realizamos:
Porque una máquina que no cumple la normativa no solo es un riesgo para quien la usa: es una amenaza para toda la organización. Y actuar a tiempo es la única forma de evitar consecuencias graves.
¿Estás seguro de que tus equipos cumplen el RD 1215/1997?
Contacta con nuestro equipo técnico. En Europreven te ayudamos a garantizar el cumplimiento legal, reducir riesgos y proteger a tu plantilla.
La seguridad empieza en la maquinaria. Y la prevención empieza contigo.
Directora Territorial Andalucía y Extremadura
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