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27
Jun, 2024
Hace poco más de un año, el 1 de junio de 2023, entraba en vigor la Ley del Aborto y, en el marco de la misma, se incluyó la posibilidad de solicitar la baja por menstruación incapacitante. Dicha baja puede solicitarse en la medida en que las pacientes contaran con un diagnóstico médico de dismenorrea secundaria, es decir, una menstruación dolorosa asociada a patologías como endometriosis, miomas, adenomiosis u otras dolencias como inflamación pélvica, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos o dificultad en la salida de sangre menstrual.
Aunque la duración de dicha baja está en dos o tres días, se ha de extender mientras duren estos síntomas asociados a la menstruación, siendo que la prestación económica asociada a esta incapacidad temporal la abona la Seguridad Social desde el primer día de la baja.
Dicha norma no nació exenta de cierta polémica, habida cuenta de que el hecho de que las empresas puedan conocer el motivo de la baja a través del código identificativo que utiliza la Seguridad Social al efecto, podría producir cierta discriminación hacia las mujeres en las que concurran estas circunstancias incapacitantes.
De hecho, y esto supone un auténtico problema, desde la entrada en vigor de la norma, tan solo se han tramitado 1.418 con una duración media como ya he adelantado de tres días, según los últimos datos del Ministerio de Inclusión. En todo el año pasado, se iniciaron 8,8 millones de procesos de baja, número bajísimo para el total de mujeres laboralmente activas que potencialmente podrían sufrir este tipo de dolores. Todo ello, habiendo el Ministerio de Igualdad calculado, en el momento de aprobar dicha norma, las cifras de población activa y con empleo, resultando en unas 6 millones de mujeres que trabajan en el rango de edad de 16-50 años, y estimando que el 1% puede sufrir esas reglas incapacitantes.
Estos datos bien se podrían apoyar en estudios de cálculo donde, por ejemplo, se concluye que el 49% de las mujeres sufre reglas dolorosas, un porcentaje que, en el caso de las más jóvenes, asciende al 76%.
Hay quién encuentra una posible explicación de este bajo número de bajas en un infradiagnóstico médico, ya que para que el médico de cabecera expida el parte es necesario contar con una patología previa reconocida, como la endometriosis.
Sea como fuere, está claro que se ha de seguir trabajando en ello, al objeto de ir mejorando la calidad de vida de toda la población objeto de este tipo de bajas.
Director Territorial Comunidad Valenciana
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